miércoles, 17 de septiembre de 2008

politica comercial

Colombia formula su política comercial predominantemente a nivel nacional, tomando en consideración su participación en la Comunidad Andina. Colombia asigna alta prioridad a la conclusión de acuerdos preferenciales de comercio, y desde su último examen, ha concluido la negociación de dos nuevos acuerdos. El acuerdo con los Estados Unidos es de particular importancia, dado que dicho país es el principal socio comercial de Colombia.Colombia cuenta con un régimen de inversiones extranjeras abierto. La Constitución se enmendó en 1999 con miras a eliminar la facultad que tenía el Gobierno de llevar a cabo expropiaciones sin indemnización "por razones de equidad". Desde 2005, los inversionistas tienen la posibilidad de suscribir contratos con el Gobierno para garantizar la estabilidad del régimen jurídico. De acuerdo con la legislación colombiana sobre inversiones, el Gobierno puede limitar las inversiones extranjeras en cualquier sector, pero nunca ha ejercido esa atribución.ACCESO DE BIENES A LOS MERCADOSDesde su anterior Examen, Colombia ha continuado tomando iniciativas para modernizar su régimen comercial, por ejemplo, mediante la simplificación e informatización de los procedimientos aduaneros. Colombia aplica el Acuerdo de la OMC sobre Valoración en Aduana desde el año 2000. No obstante, se utilizan precios de referencia, que en el caso del calzado y los textiles varían según el origen de los productos.Los aranceles son el principal instrumento de la política comercial de Colombia; todos los derechos arancelarios son ad valorem. Entre 1996 y 2006, la media aritmética de los tipos arancelarios NMF aplicados aumentó ligeramente del 11,5 al 12 por ciento. Los productos agropecuarios (según la definición de la OMC) tienen un promedio más alto de protección arancelaria (16,5 por ciento) que los demás productos (11,3 por ciento). Al amparo del sistema andino de franjas de precios, Colombia aplica a ciertos productos agropecuarios derechos de importación en función de sus precios internacionales. La estructura del arancel da muestras de progresividad. Colombia ha consolidado su universo arancelario completo, dando así mayor previsibilidad a su régimen comercial que, sin embargo, se ve algo disminuida por la brecha considerable que existe entre los aranceles aplicados y los consolidados. El arancel medio consolidado es del 43 por ciento.10. En el contexto de la Comunidad Andina, Colombia concede trato en franquicia arancelaria a todas las importaciones procedentes de Bolivia, el Ecuador, el Perú y Venezuela. También concede preferencias arancelarias a las importaciones procedentes de otros países de conformidad con los acuerdos suscritos en el marco de la ALADI.1Además de los aranceles, las importaciones están sujetas al pago de un impuesto al valor agregado (IVA) y de un impuesto al consumo. En general, las importaciones reciben trato nacional en la aplicación de los impuestos internos, con la excepción de ciertos vehículos automotores, motocicletas, aeroplanos y barcos importados, a los cuales se imponen tasas del IVA más altas que a los productos de origen nacional. En el caso del impuesto al consumo, la carga impositiva para los vinos, licores, aperitivos, cigarrillos y tabacos importados es mayor que para los bienes nacionales.Durante el período examinado estuvieron en vigor 25 medidas antidumping (AD), impuestas mayoritariamente a insumos industriales. La mayor parte de las investigaciones iniciadas condujeron a la imposición de derechos definitivos. Varios de los productos sujetos a procedimientos AD constituían una parte importante del consumo colombiano. Desde 1996, Colombia ha notificado a la OMC nueve investigaciones de salvaguardias, cuatro de las cuales dieron lugar a la adopción de medidas definitivas. La aplicación de medidas de salvaguardia ha afectado principalmente a los textiles y las prendas de vestir, en particular las procedentes de China. Colombia no aplicó ninguna medida compensatoria entre enero de 1996 y mayo de 2006.

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